miércoles, 4 de febrero de 2009

LEY NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA CONTRATACION DE MEDIOS PUBLICITARIOS


Cuando hablamos de crear una empresa, lo primero que debemos realizar es verificar que esta no se encuentre en el mercado, para poder distinguirlo y darle vida, es así que genero un registro de marca, ella me genera identificación, protección y me funciona como medio de publicidad. Además debo tener en cuenta que la matricula me otorga derechos como impedir el uso de terceros no autorizados.

Las marcas deben registrarse en la superintendencia de industria y comercio, para que de esta forma puedas tener uso exclusivo de ella, de este modo te distinguirás de la competencia y podrás actuar legalmente, y desempeñarte sin problemas en el medio.

Por otro lado hablamos de la legalidad de los medios publicitarios, porque también se deben tener en cuenta al momento de necesitar y adquirir los servicios de alguna agencia, los estatutos y las leyes por los que debe estar protegidas y constituidas las debemos tener claros, para asi confiar en esta entidad, porque como ya sabemos existen leyes en cada país que cobijan sus propias empresas y les exigen claridad, respeto t control hacia los consumidores y posibles clientes , puesto que se pueden sancionar acciones como: llevar acabo publicidad engañosa, mensajes publicitarios que no muestren la realidad, la libertad de expresión y tampoco se permite la discriminación de ninguna clase ni por raza, sexo, edad o capacidad económica, esto lo establece el código de autorregulación, el mismo que rige y vigila el contenido de los mensajes publicitarios, creando responsabilidad a los que los realiza.

En fin debemos tener en cuenta que toda entidad debe estar legalmente establecida para que nos genere garantías y seguridad al momento de necesitar sus servicios, estas leyes son diferentes en cada país pero con mismo fin el de proteger las marcas, las empresas y por supuesto el consumidor.